En un post anterior hemos comenzado a abordar, de forma generalizada, los riesgos laborales durante el embarazo y el periodo de lactancia de la mujer. En esta oportunidad, me focalizaré en un solo aspecto de este delicado tema, la legislación.
Existen diversas normas que regulan este tema, tanto a nivel regional como nacional. Es decir, tanto la Comunidad Europea como España poseen normas que abarcan los riesgos laborales a los que se pueden ver expuestas las mujeres embarazadas.
En el marco de la Comunidad Europea, existe una Directiva en particular que busca promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, de la que haya dado a luz y de la que se encuentre en periodo de lactancia. Esta Directiva es la 92/85/CEE, y constituye un gran aporte a este tema, siendo la más importante norma sobre la prevención de los riesgos para la maternidad.
Entre algunos puntos que toca esta Directiva, se enuncian los criterios para que se promuevan la prevención y protección de la salud en pos de evitar los riesgos laborales para la reproducción y la maternidad, e incluye algunos de los agentes, procedimientos y condiciones de trabajo de riesgo.
Como he mencionado arriba, la Directiva contempla tres situaciones (trabajadora embarazada, trabajadora que dé a luz y trabajadora en periodo de lactancia), en donde, en cada una de ellas, se requiere que la mujer comunique dicho estado a la empresa. En el caso de España, no se pone como requisito esta comunicación, pero es recomendable que se haga para que la situación quede reconocida legalmente y luego se puedan exigir algunas cosas.
Esta Directiva ha sido receptada por la legislación española en diversas leyes. Entre ellas, se destacan las siguientes:
Ley de Prevención de Riesgos Laborales, LPRL. Aquí se establecen las obligaciones que le corresponden al empleador para proteger la maternidad en su lugar de trabajo.
Ley para la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras y el Real Decreto 1251/2001. Por estas normas se regulan las prestaciones económicas del sistema de Seguridad Social por maternidad y riesgo en el embarazo. Así mismo, se establece la prohibición y nulidad del despido por embarazo.
Ley orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (3/2007). Por medio de esta ley se elaborarán directrices sobre la evaluación de riesgo, se mejoran los aspectos en el régimen jurídico de tutela y en la protección social para la situación de riesgo durante el embarazo y para la situación de riesgo durante la lactancia natural. También enuncia la nulidad en los despidos por causas objetivas y disciplinarias en los supuestos de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, entre otras cosas.
Por último, quiero mencionar al Real Decreto Legislativo 5/2000, en éste queda constatado como una infracción muy grave el incumplimiento de las normas específicas en materia de protección de la seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactancia.



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7 Comentarios en “Legislación sobre los riesgos laborales en el embarazo”
Hola a todos,
UNIR, La Universidad Online, ofrece el siguiente Máster Oficial en Prevención de Riesgos Laborales
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* Seguridad en el trabajo
Se ha publicado recientemente y creo que es muy importante un Real Decreto tanto para la mujer trabajadora embarazada, cómo para la mujer en periodo de lactancia. La dejo por si alguien le interesa consultarla.
Interesante sitio. Felicidades por tu trabajo
Real Decreto 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia
Hola José,
Buen aporte el que has realizado, lo bajaré para analizar más en detalle a ver si podemos sacar alguna conclusion más.
Por otro lado muchas gracias por las felicitaciones.
Saludos!!
Hola, soy esteticista y realizo trabajos de fotodepilacion con laser (IPL) .
me gustaria saber si es perjudicial estando embarazada, no encuentro ninguna informacion al respecto ,
gracias
[...] a estos mayores factores de riesgos laborales que se exponen las mujeres trabajadoras cuando se encuentran a la espera de un hijo, los [...]
hola me gustaria que me informarais.
estoy embarazada de 17 semanas y realizo luz pulsada en mi trabajo soy esteticista, cada vez que lo hago me encuentro fatal por si es perjudicial para el bebe o no, por favor, ayudadme.
no encuentro ninguna informacion segurra al respecto y me preocupa mucho, por que pienso que si hay que proteger la vista, si una embarazada no se lo puede realiizar y si existen delantares protectores es por que muy inofensivo no sera ,
pero claro quiero estar segura antes de negarme a hacer laser.
muchas gracias
[...] está embarazada debe tomar ciertos recaudos en sus labores diarias para que éstas no pongan en riesgo el embarazo ni su salud. En este sentido, existe legislación sobre los factores de riesgo de una mujer [...]