
Solicitud de Prestación en línea
Si bien el Paro comienza a estancarse en España debido a que no quedan muchos puestos de trabajo por destruir, la cifra de desempleados en España ha alcanzado niveles récord y, para muchos de los parados actuales, ha sufrido el desempleo por primera vez, por lo tanto, les corresponde el derecho a recibir una prestación por desempleo.
Si bien la web de Redtrabaj@ es muy útil para esta misión, es importante saber qué documentación se deberá presentar y cuándo se hará el primer cobro de esta asignación.
Así, podrán cobrar la prestación por Desempleo los trabajadores por cuenta ajena que se encuentren incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social; los funcionarios y contratados temporales por las Administraciones Públicas; los militares de complemento y militares profesionales de tropa y marinería y los extranjeros que residan legalmente en España y que cuenten con autorización de residencia temporal y de trabajo.
Por otro lado, si llevaba más de un año trabajando antes de quedar desempleado, para acceder a la prestación deberá de estar afiliado a la Seguridad Social, encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para encontrar trabajo y aceptar una colocación adecuada así como también suscribir un compromiso de actividad.
Por otra parte, el solicitante de la prestación deberá tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 360 días dentro de los seis años anteriores a la situación de desempleo.
Finalmente, es requisito no haber cumplido la edad ordinaria que se exige para la pensión de jubilación a menos que no se tuviera derecho a ella por falta de cotización, en cuyo caso el solicitante podrá acceder al subsidio por desempleo -se sostiene el requisito de situación legal de desempleo-.
Inscribirse como demandante de empleo en el plazo de 15 días desde la situación legal de desempleo y suscribir el compromiso de disponibilidad, tener cotizados al menos 3 meses si tiene responsabilidades familiares -o 6 meses si no las tiene- en un régimen de la Seguridad Social que contemple la contingencia de desempleo.
Así mismo, el solicitante debe carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional, sin contar las pagas extraordinarias, cualquiera sea su naturaleza.
Es importante destacar que la Redtrabaj@ dispone de una web muy completa en la cual el solicitante podrá realizar los trámites por vía electrónica y, de igual manera, se le puede conceder la prestación solicitada. Por igual vía se podrán realizar consultas relacionadas con la prestación, así como también iniciar búsquedas de empleo para salir del Paro.
Fuente: Finanzas

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11 Comentarios en “Cómo cobrar la prestación por Desempleo”
[...] estás desocupado y te corresponde el subsidio que el Gobierno otorga como prestación por desempleo a través de la Redtrabaj@, es necesario que apuntes la documentación que te será requerida para [...]
[...] problemas de empleo no son exclusivos de España y, por el contrario, muchos son los países del mundo que tienen a sus [...]
[...] Los años de estudio universitario han terminado y hoy, ya con un título en la mano, es momento de salir a buscar empleo. Aunque no parezca, el actual, el mejor panorama para esta misión, habrá que intentarlo antes de dejarse sumar por las cifras del desempleo. [...]
estaba cobrando el subsidio y no me lo volvieron a dar como hago ya que no encuentro trabajo y necesito el subsidio por desempleo
deseo cobrar de nuevo el susidio
[...] Informarse sobre los derechos. Al quedar desempleado se debe tramitar con urgencia la prestación por desempleo o los subsidios que puedan corresponder según la cotización, para así poder contar con una [...]
Llevo 11 meses cobrando el paro de los 24 que me corresponden.Me termina de salir un trabajo; mi pregunta es: ¿Los otros 13 meses restantes con derecho a la prestación me quedan a mi favor o desaparecen al empezar a trabajar? De otro modo expuesto: ¿Sigo teniendo derecho a cobrar en el futuro los 13 meses que me quedan, acumulándose a los que genere con mi nuevo trabajo?
hola.estoy cobrando la prestacion por desempleo hasta el mes de diciembre.me gustaria saber si a partir de esta fecha(10.12.2010-cuando recibo el ultimo pago),me puedo inscribir para obtener el subsidio por desempleo.donde tengo que hacer los tramites y cuando tengo que hacerlos?gracias.
[...] 30.000 personas que el Ministerio de Empleo calcula que se encuentran en esta situación no podrán cobrar el paro, pero sí estarán cubiertas por la Seguridad Social en lo sucesivo. Por eso, los becarios no [...]
[...] Hasta hace nada las empleadas (o empleados) del hogar trabajaban tanto o más que cualquier otro tipo de trabajador, pero no tenían en absoluto los mismos derechos. De hecho, esta actividad estaba regulada por un régimen legal arcaico, era una isla en medio de un océano que hace unos días tocó a su fin. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto mediante el cual se adecuan las condiciones de este colectivo al marco legal. La figura legal utilizada es muy similar a la que ya se aplica para los becarios, y al igual que ellos, las empleadas domésticas contarán con las mismas coberturas que el resto de los trabajadores, excepto el derecho a prestación por desempleo. [...]
[...] que no es tu caso. Bien, ahora llega la pregunta clave, ¿cuánto te tienen que aflojar? Lo dijimos ya hace un año pero como los brotes verdes son más marrones que nunca, no está de más refrescar [...]