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Horas de trabajo

Jornadas de trabajo en España

Diarias y semanales: las horas de trabajo están reguladas
Por , en 12 de marzo de 2010

La jornada de trabajo en España y los descansos

La jornada de trabajo es el tiempo que el trabajador se encuentra en sus funciones, ya sea dentro de la oficina, como haciendo tareas propias pero fuera, visitando clientes, haciendo cobros o gestiones, incluso, para quienes gozan de la posibilidad de trabajar desde su casa.

La duración de la jornada de trabajo es, entonces, el cúmulo de horas diarias que se dedica al empleo y ésta no puede ser superior a la establecida en el Convenio colectivo que se aplique según el rubro y sector y su tope máximo se sitúa en las 40 horas semanales -se trata de un promedio en el cómputo anual-.

Así, si bien las partes son libres de establecer por medio de convenio privado la cantidad de horas que se trabaja por día, desde dónde se trabaja, en qué horario se comienza y en qué horario se termina de trabajar, ese pacto privado no podrá nunca superar las 40 horas semanales que son el máximo previsto para cualquier rubro o sector.


Usualmente la jornada laboral ordinaria se distribuye de manera diaria y con cierta noción de homogeneidad de manera que, si se trabaja de lunes a viernes, serán 8 horas diarias (jornada corrida o jornada partida); sin embargo, a lo largo del año, esta distribución puede perder esa regularidad por cuestiones puntuales o nuevos convenios. Pero nunca podrá dejar de respetarse los períodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en los convenios colectivos y en el Estatuto de los Trabajadores.

Los convenios y Estatuto de los Trabajadores indican que, para los descansos:

  • Deben mediar al menos 12 horas entre el final de la jornada de trabajo de un día y el comienzo de la del día siguiente.
  • El número de horas de trabajo efectivo ordinario no puede exceder las 9 horas, a menos que en el convenio colectivo se disponga otra cosa y siempre que se respete el descanso entre jornadas mencionado con antelación.
  • Toda vez que la jornada de trabajo diaria continuada supere las seis horas diarias, se establecerá un periodo mínimo de descanso cuya duración no puede ser inferior a los 15 minutos.
  • Los menores de 18 años no podrán realizar más de 8 horas diarias de trabajo efectivo, incluyendo en su caso el tiempo destinado a formación.
  • En el caso de los trabajadores menores de 18 años, toda vez que la jornada continuada se extienda más de cuatro horas y media, el tiempo de descanso será de 30 minutos.
  • Los trabajadores tendrán un descanso mínimo semanal de día y medio sin interrupción, que será de 2 días en el caso de los menores de 18 años.

A estos casos descritos se deben separar los de algunos sectores que por sus características poseen una regulación específica acerca de la jornada laboral: guardias, vigilantes, trabajadores del mar, personal de hostelería, médicos, etc.

En estos casos se deberá tener en cuenta la regulación de la jornada y descansos semanales que realice el convenio colectivo aplicable a estos grupos.

Fotografía: zoutedrop en Flickr

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3 Comentarios en “Jornadas de trabajo en España”

1

[...] anterioridad nos hemos referido a la jornada de trabajo, su conformación y las pautas más salientes dependiendo de los diferentes convenios de trabajo [...]

2

[...] jornada de trabajo intensiva es casi una constante en los meses de verano en la mayoría de las empresas españolas (y [...]

3

[...] España son pocos los trabajadores que se emplean, por diferentes causas, a jornada parcial. Muchos estudiantes, madres, personas con mayores a cargo o afortunados que han salido del paro [...]

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