En los últimos días venimos oyendo noticias constantes sobre la Reforma Laboral. Algunos se oponen, otros se quejan, unos pocos se abstienen y en los medios de comunicación nos asaltan imágenes de todos ellos, de la patronal, de los sindicatos y de los partidos políticos, mientras Mariano Rajoy y su ejecutiva continúan adelante para intentar sacar el país adelante. El proyecto presentado por el Gobierno introduce grandes novedades en el mercado laboral que no podemos pasar por alto, al menos, hay que conocerlas y entenderlas para poder tener un juicio sobre ellas. Porque la mayoría de los españoles apenas conocen todos los puntos claves que implica esta reforma y muchos de ellos solo se atienen a aquellos que le afectan solamente a ellos. Para los catedráticos y expertos, la reforma, que no llega a suponer una modificación del mercado laboral, recoge elementos positivos en materia de costes de despido, tutela judicial y flexibilidad, pero ponen en duda que pueda reducir la temporalidad.
La vía del diálogo está abierta para conseguir la unanimidad de todas las partes implicadas antes de sacar el proyecto adelante. Hagamos un breve repaso a las principales claves que introducirá el próximo decreto ley, en caso de que finalmente se apruebe:
1. Contratos temporales: Acabar con la excesiva división entre trabajadores indefinidos y eventuales es uno de los objetivos primeros de la reforma. Para ello, el Gobierno plantea que los contratos de obra y servicio tengan una duración máxima de 2 años, ampliables otros 12 meses si así se recoge en el convenio colectivo del sector. Por su parte, los contratos eventuales serán de seis meses máximo. Transcurridos dichos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos. Además, las indemnizaciones de todos estos contratos temporales se ampliarán de los 8 días por año actuales, a 12, de forma progresiva entre 2012 y 2014. Los expertos sostienen que a pesar de todos estos límites a los contratos eventuales, las empresas continuarán sin arriesgarse a contratar a mucho personal fijo.
2. Causas objetivas de despido: De momento, el proyecto del Gobierno justifica la reducción de plantilla de una empresa en el caso de que “los resultados de la empresa arrojen pérdidas económicas no meramente coyunturales”. “A estos efectos, la empresa tendrá que acreditar objetiva y documentalmente los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva”. Los despidos que estén justificados tendrán una indemnización de 20 días por año trabajado para todo tipo de contratos. Los que se oponen dicen que esto perjudicará a los indefinidos dado que las empresas tendrán más excusas para despedir al trabajador por causas económicas y el despido les saldrá así mucho más económico.
3. Contrato de fomento de la contratación indefinida: Este tipo de contrato, ya en vigor menos para los hombres de entre 31 a 45 años pero muy poco utilizado, va destinado a aquellos trabajadores que llevan más de 3 meses en paro. En caso de llevar menos tiempo, también podrán ser contratados por este método siempre y cuando hayan sido contratados temporalmente durante los dos años previos a su situación de desempleo. Por su parte, las empresas solo podrán recurrir a este tipo de contrato cuando no hayan reducido el empleo en el año anterior a la firma del contrato.
4. Un fondo para pagar las indemnizaciones: Si el proyecto sigue adelante, el Gobierno creará un fondo a partir de 2012 para abonar parte de las indemnizaciones por los despidos de quienes firmen un contrato de fomento del empleo desde ese momento. El dinero que se aportará al fondo, que se prolongará a lo largo de la vida laboral del trabajador independientemente de la empresa, se establecerá según un determinado número de días por año trabajado. Asimismo, el fondo se alimentará con aportaciones empresariales y se empleará para cubrir parte de los despidos de las empresas en el futuro. Aquella parte del dinero que no se emplee, el trabajador lo cobrará en su jubilación.
5. Participación del Fogasa: Hasta que se cree dicho fondo, el pago de los despidos de los trabajadores, con una indemnización de 33 días por año trabajado, se dividirá entre la empresa y el Fondo de Garantía Salarial, de carácter público, ya sean despidos justificados o no. La empresa abonará 22 días y el Fogasa, los restantes 8. Los sindicatos critican esta medida, ya que entienden que se los despidos de las empresas serán pagados con dinero público, al menos una parte de ellos.
6. Flexibilidad interna: Las empresas podrán modificar las condiciones laborales (jornada laboral, imposición de turnos, remuneración) en periodos de dificultades económicas para reducir el nivel de producción. La medida pretende que ante la crisis económica, el despido del trabajador no sea la única solución para salir adelante. En caso de desacuerdo entre los trabajadores y la empresa que aplique estos posibles cambios, un árbitro mediará.
7. Cambio en las bonificiaciones: Los trabajadores entre 16 y 30 años se beneficiarán de una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 800 euros durante tres años. Solo es aplicable a los jóvenes con un año en paro y que no hayan completado la escolaridad obligatoria o carezcan de titulación profesional. En el caso de las mujeres, aumenta a 1.000 euros. Para los trabajadores mayores de 45 años, si llevan un año en paro, tendrán derecho a una bonificación de 1.200 euros durante tres años. Si se contratan a mujeres, sube a 1.400 euros. Esta medida era aplicable hasta antes de 2012. Las empresas que quisieran acogerse a estas bonificaciones tenían que aumentar su nivel de empleo fijo y mantenerlo a lo largo del plazo de bonicación.
8. Inclusión de las ETT: Se liberalizan los servicios de empleo dando entrada a las Empresas de Trabajo Temporal en todos los sectores para orientar, asesorar y colocar a los desempleados. Las ETT deberán garantizar que sus usuarios entran en igualdad de condiciones en las empresas: tendrán el mismo sueldo que sus compañeros y disfrutarán de los mismos derechos y condiciones.
Fuente: elpaís.com
Foto: Populares


Añadir a Del.Icio.Us



Comentarios de “¿Qué es eso de la reforma laboral?”
Aun no se han realizado comentarios.