En todo el mundo existen casos de mujeres y hombres que se encuentran en una situación de vulnerabilidad extrema. Vulnerabilidad que los pone en una situación de sometimiento y maltrato por parte de quienes son seres muy cercanos a ellos.

Protección por desempleo a víctimas de violencia
Me estoy refiriendo al caso de las miles y miles de personas que son víctimas de violencia de género o de violencia doméstica. Estas personas, sin perjuicio de las acciones que tomen o no en cuanto a las personas que ejercen actos de violencia frente a ellas, deben saber que tienen mecanismo de ayuda en cuanto al trabajo. Me voy a referir a la situación puntual de quienes padecen de esta situación en España.
Si de por si es complicado conseguir o mantener un empleo para una persona que se encuentre en un estado de “tranquilidad familiar”, por así decirlo, imagínense el caso de personas que sufren maltratos de su grupo familiar. La situación de estas personas es difícil de afrontar, y si encima se ven obligadas, por la necesidad de la situación económica, a trabajar, la salud física y psíquica va en declive total.
Es por ello que hay destinados planes de ayuda para afrontar el desempleo de las personas que son víctimas de violencia; tanto de género como doméstica. Esto supone una ayuda para sobrellevar de mejor manera su estado. De esta manera, aunque sea, no se le suma la preocupación por el trabajo, a su ya preocupante situación personal.
Es preciso aclarar, como primera medida, quienes se encuentran comprendidos en estas “violencias de género o doméstica”.
Victimas de violencia de género: Aquí están comprendidas las mujeres que son o han sido objeto de actos de violencia física o psicológica, agresiones a la libertad sexual, amenazas, coacción o privación de libertad ejercida por su cónyuge, ex cónyuge o persona que esté o haya estado ligado a ella por una relación similar de afectividad, aún si no han convividos juntos.

Víctimas de violencia de género o de violencia doméstica
Victimas de violencia doméstica: Aquí se encuentran comprendidos los hombres que sufran violencia ejercida por su cónyuge, es cónyuge, persona relaciona a él por una situación similar de afectividad, por sus padres o hijos. También es el caso de la mujer que sufra violencia por parte de sus padres o hijos.
Es preciso atender a la definición que recién he detallado, ya que no se considerarán víctimas de violencia doméstica aquellas personas que sufran agresiones por parte de otros integrantes de su grupo familiar. Necesariamente deben ser agresiones llevadas a cabo por parte de quienes hemos mencionado.
Pues bien, si ustedes están alguna de estas situaciones o conocen a alguien que la este sufriendo, sepan que tienen ayuda por parte del Ministerio para hacer frente a la situación de empleo.

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1 Comentario en “Protección por desempleo a víctimas de violencia”
porque resaltan tanto la palabra violencia, parece ser que quisieran meternos en la cabeza esa palabra o quisieran incitar a la violencia, las mujeres tambien maltratan psicologica, fisica y sexualmente, sin embargo esto no es visto como violencia de genero, pienso que esto es una forma de incitar a la violencia, ya que lo han vuelto una discriminacion sexual, y han creado centros de corrupcion en cuyos sitios donde dan las ayudas agrandan los hechos sin ser reales y los medicos inflan los imformes, solo consiguen diluir el nucleo familiar, porque no hay ni un solo organismo que se ocupe de ayudar al nucleo familiar para que no se diluya que patetico